lunes, 27 de noviembre de 2017

¿Qué se espera del programa?

Se espera que a lo largo de todo el proceso se entregue información pertinente al niño/a y adolescentes y a sus adultos protectores acerca del proceso de intervención del proyecto.

Su expectativa es, que tanto en la formulación, como ejecución del proyecto se incorpore el enfoque intersectorial, que permita instalar a este programa no como una intervención social aislada, sino como un aporte al desarrollo de las comunidades, generando vínculos, con el propósito de instalar en los territorios, las condiciones para el reconocimiento de niños/as y adolescentes como sujetos de derechos, contribuyendo, así, a una participación efectiva en sus comunidades.
 Para que esto sea posible, se requiere que el equipo de trabajo en su conjunto, tenga esta amplitud de mirada, posea experiencia y formación en gestión de redes.

Se espera que la intervención valore los recursos y el aporte del grupo familiar de los niños/as y de los miembros significativos de la comunidad, que permitan colaborar en la reparación del maltrato y/o abusos sexuales y en la construcción de un contexto protector para el niño, en el mediano y largo plazo.




Intervención del Área Social en PMR

El apoyo social de los proyectos debe estar orientado principalmente para la familia o adultos protectores, para que puedan acceder de manera rápida y oportuna a los recursos institucionales y comunitarios para satisfacer sus necesidades y mejorar su bienestar, y principalmente, del niño/a o adolescente. 
En esta tarea los trabajadores sociales, pueden realizar diagnósticos familiares, evaluando riesgos y capacidades protectoras de los referentes familiares.
Asimismo es importante utilizar la práctica en red y la intervención en red. Se espera que el trabajador social sea un articulador de las redes locales que cada familia pudiese requerir.
El apoyo psicológico al niño/a o adolescente y las familias debe estar presente durante toda la intervención, el que debe ser considerado en todos los casos, se requiera o no de medidas de protección inmediatas, el que puede llevarse a cabo a través de las siguientes herramientas: intervención en crisis, psicoterapia y terapia de grupo, fomentando el buen trato al interior de la familia de la víctima.
En la intervención en crisis, el psicólogo debe utilizar las herramientas clínicas que permitan evaluar la funcionalidad de la crisis para reevaluar estrategias de abordaje a seguir.


 En relación a la psicoterapia, este proceso debe ser llevado por profesionales con formación en terapia y que participen en procesos permanentes de capacitación en la atención del maltrato y abuso sexual infantil. En general, se espera que cada caso ingresado cuente con, al menos, una sesión semanal, cuya duración dependerá de la fase de intervención, edad y recursos, intereses de los niños/as y adolescente.

El proceso de seguimiento deberá considerarse como parte del proceso de intervención, previo al egreso formal del proyecto. La finalidad del seguimiento es asegurar los logros alcanzados en el proceso de intervención.
 El período máximo de seguimiento podrá ser de 6 meses.

Intervención utilizada en el Programa De Reparación De Maltrato

La intervención que tiene como foco al niño, niña y/o adolescente y sus necesidades, en todo el proceso y en la toma de decisiones. Debe considerar, asimismo, elementos específicos y diferenciados para la intervención en maltrato físico y psicológico grave y agresiones sexuales, en consideración a edad y sexo del niño/a, gravedad de la violencia, fase alcanzada del abuso, grado de daño, quién es el agresor/a, presencia o no de figura adulta significativa, motivación o no de asistencia a terapia. 
Con esto, los elementos de profundización diagnóstica, los objetivos y estrategias del tratamiento tendrán características, tiempos y abordajes diferentes, centrados en cada niño, niña o adolescente. 
Otro criterio de la intervención, implica la activación de diversos mecanismos orientados a resolver la situación legal del niño, niña o adolescente y facilitar el acceso a la red de protección judicial.

La propuesta de intervención debe incorporar estrategias que permitan brindar el apoyo a las familias o a los adultos protectores, de modo que éstos adquieran o vuelvan a asumir las funciones de cuidado y protección de sus hijos/as, asegurando la integridad física y psicológica de éstos/as.

jueves, 23 de noviembre de 2017


Vías de ingreso al Programa De Reparación De Maltrato

  Todo niño, niña o adolescente que haya sido víctima de maltrato constitutivo de delito o agresión sexual debe ser ingresado al proyecto, cuente o no con los informes periciales correspondientes. Para resguardar el interés superior del niño o niña que ha sido gravemente vulnerado en sus derechos, otorgando una atención especializada. 
La solicitud de ingreso al programa debe ser por derivación formal realizada desde Fiscalías y/o Tribunales de Justicia, de las siguientes maneras: 

a)   Derivación del Tribunal de Familia, que es el órgano judicial competente para conocer de las medidas proteccionales y/o cautelares.

b)   Derivación del Ministerio Público, por vía directa o por intermedio del Tribunal de Familia. Si es por vía directa de la Fiscalía se debe solicitar la medida proteccional, en forma posterior al Tribunal de Familia que corresponda.

c)    Excepcionalmente se abre la posibilidad que desde las Direcciones Regionales y red de SENAME, bajo el enfoque de circuito de protección especializada, previa denuncia en Fiscalía, ingrese al proyecto algún niño, niña o adolescente, víctima de abuso sexual y/o maltrato grave, con la obligación posterior de solicitar la medida de protección pertinente en Tribunal de Familia correspondiente. 

lunes, 20 de noviembre de 2017

Presentación Del Programa

El Programa de Protección Especializada Contra el Maltrato Infantil (PMR),  se especializa en la reparación del daño asociado al maltrato físico, psicológico y la agresión sexual constitutivo de delito, ejercida en contra de un niño/as y adolescente. 

Se centran en contribuir a la construcción de los derechos de los niños/as y adolescentes, promoviendo su recuperación integral (física, psicológica, social, sexual y emocional), a través de una intervención especializada, de reparación y resignificacion de las experiencias abusivas que han vivido.

El maltrato infantil es una acción, omisión o trato negligente, no es algo accidental, priva al niño(a) de sus derechos y su bienestar, interfiere a su desarrollo físico, psíquico o social, y cuyos autores pueden ser personas, instituciones o la propia sociedad. 

El maltrato es un proceso que viene determinado por la interacción de múltiples factores. En el concepto de “maltrato infantil” se establecen categorías de maltrato como, físico, maltrato psicológico y agresiones de carácter sexual.

Hechos de maltrato infantil constitutivo de delito, de acuerdo a la ley N°19.927, de delitos sexuales:
1.  Agresión sexual, en cualquiera de sus formas, de niños/as y adolescentes, incluyen la violación, el abuso sexual (propio, impropio y/o agravado), exposición a niños/as a actos de significación sexual, y pornografía infantil.

2.  Maltrato físico grave sufrido por niños/as y adolescentes. Se incluyen aquí a todos los niños/as o adolescentes que ven comprometida su integridad física y psicológica, a causa del ejercicio de violencia extrema. 

jueves, 16 de noviembre de 2017

Bienvenidos a mi Blog

 Saludos cordiales mis queridos/as lectores, para mi es un agrado informar acerca de un tema, el cual es muy importante para la sociedad actual,sobre el "Programa de Protección Especializada en Maltrato y Abuso Infantil "(PMR),este programa pertenece a la red de integración de semane, ejecutado por el Gobierno de Chile.

Como hemos mencionado anteriormente el PMR, pertenece al SENAME, este es un organismo del estado, dependiente del Misterio de Justicia. Su función es contribuir a proteger y promover los derechos de los niños, niñas y adolescentes de nuestro país, también se encargan de reinsertar a los adolescentes que han infringido la ley a la sociedad chilena.

Este Programa centra su accionar en contribuir  a la protección de los derechos de los niño, niñas o adolescentes, promoviendo su recuperación integral, a través de una intervención especializada, de reparación y resignificación de las experiencias abusivas, asegurando la interrupción del maltrato y potenciando contextos protectores a nivel familiar y comunitarios para éstos.